Ricardo Rojas / / 4 de septiembre del 2024

Ley de medidas fiscales paliativas del Gobierno de Milei: ¿qué son y qué implica?

Ley de medidas fiscales paliativas del Gobierno de Milei: ¿qué son y qué implica?

Junto con la denominada Ley Bases, se sancionó la ley de medidas fiscales paliativas y relevantes (ley 27.743). Esta ley dispone, en primer lugar, un régimen para regularizar deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social, el blanqueo de bienes y capitales, así como modificaciones en varios regímenes impositivos como el de bienes personales, impuesto a las ganancias e impuesto al valor agregado.

De este modo, se intenta producir una situación de mejora tanto en el pago de impuestos, en la puesta al día de las deudas, y en los pagos futuros.

Esta ley dispone regularizar deudas impositivas, aduaneras y de seguridad social, el blanqueo de bienes y capitales, así como modificaciones en varios regímenes impositivos como el de bienes personales, impuesto a las ganancias e impuesto al valor agregado.

El título I de la ley establece un Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social, con el fin de fomentar el pago voluntario de ciertas obligaciones. El período de acogimiento a este régimen comenzará a partir de que se dicte la reglamentación correspondiente por la Administración Federal de Ingresos Públicos, y durante los siguientes 150 días.

La ley establece cuáles deudas quedan incluidas y cuáles excluidas de la aplicación del beneficio. Prevé condonaciones de hasta el 70% de las deudas para quienes se adhieran al régimen durante los primeros treinta días de su vigencia. También se prevén reducciones sustanciales en los intereses y condonación de multas, que significará además su eliminación de los registros de sancionados o deudores.

Establece también la ley cuáles son los bienes incluidos y excluidos del régimen, y cómo será el procedimiento para la regularización tributaria. Sobre los montos de los bienes sujetos a regularización, se deberá pagar por única vez un impuesto especial, con un mínimo no imponible fijado en 100 000 dólares, y alícuotas para el excedente que, según los bienes y situaciones, será de entre el 5 % y el 10 %.

Quedan excluidos de estos beneficios los funcionarios públicos y sus familiares, los condenados por delitos aduaneros o fiscales, las personas jurídicas cuyos directivos hayan sido condenados por esos delitos, y los procesados por una serie de otros delitos que son enumerados en la ley.

Por su parte, el artículo 42.o invita a las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, a adherir al Régimen de Regularización de Activos, adoptando medidas tendientes a liberar los impuestos y tasas locales que los declarantes hayan omitido ingresar en sus respectivas jurisdicciones.

Esta ley prevé condonaciones de hasta el 70% de las deudas para quienes se adhieran al régimen durante los primeros treinta días de su vigencia.

El título III de la ley establece un régimen especial sobre el Impuesto sobre los Bienes Personales de todos los períodos fiscales pendientes, hasta la fecha de caducidad fijada el 31 de diciembre del 2027, para las personas físicas y sucesiones indivisas que tengan domicilio fiscal en la república. Quienes se adhieran a este régimen pagarán, según los casos, una alícuota del 0.45 o 0.50% sobre los montos imponibles.

El capítulo II de ese título modifica el mínimo no imponible del impuesto sobre los bienes personales, quedando exceptuados los casos en que la valuación del conjunto de bienes no supere los 100.000.000 pesos argentinos, o en el caso de viviendas para la residencia personal del contribuyente, que no excedan los 350.000.000 pesos argentinos.

En el título IV se derogan los artículos 8.o a 17.o de la ley 23.905 vinculada al impuesto a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas.

El título V establece modificaciones al impuesto a las ganancias. Regula, entre otras cuestiones, la reincorporación de la cuarta categoría del impuesto, con sus alícuotas, montos, escalas, exenciones y limitaciones.

El título VI establece modificaciones al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, disponiendo reformas a varios artículos de la ley 24.977, de 1998. Por su parte, el título VII establece un Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor, que incluye modificaciones a la ley que regula el impuesto al valor agregado (IVA), respecto de la publicidad de los precios y el pago del impuesto..

Conclusión:

Con la sanción de la Ley Bases y su complementaria de Medidas Fiscales, puede decirse que ha iniciado la segunda etapa del gobierno del presidente Milei. Probablemente la resistencia de la oposición en el Congreso haya retrasado en unos seis meses la implementación de este plan de privatizaciones y reducción y mayor eficiencia del Estado.

El avance que se ha producido en las políticas macroeconómicas destinadas a lograr el equilibrio de las cuentas públicas, eliminación de la emisión monetaria, superávit fiscal, se verá acompañado, a partir de estas nuevas normas, con una reestructuración más decisiva de tamaño y funciones del gobierno.

La búsqueda de certidumbre jurídica, reglas más claras y simples, limitaciones tributarias y moneda sana serán indispensables para que estas medidas puedan alcanzar sus frutos con mayor rapidez. La eliminación del cepo cambiario será un paso fundamental en este sentido, para permitir la atracción e inversión de capitales.

La búsqueda de certidumbre jurídica, reglas más claras y simples, limitaciones tributarias y moneda sana serán indispensables para que estas medidas puedan alcanzar sus frutos con mayor rapidez.

Los próximos meses serán clave para observar cómo se irán implementando todas estas medidas, y de qué modo el presidente utilizará las facultades legislativas delegadas por el Congreso para avanzar aún más en las reformas pendientes.

AVISO IMPORTANTE: El análisis contenido en este artículo es obra exclusiva de su autor. Las aseveraciones realizadas no son necesariamente compartidas ni son la postura oficial de la UFM.

Comparte este artículo:

Ricardo Rojas

Actualmente director del Centro Bruno Leoni de la UFM. Autor de innumerables libros, entre ellos el ya famoso libro La inflación como delito, frecuentemente citado por Javier Milei. Doctor en Historia Económica. Ex magistrado de cámara en lo criminal de Argentina.

Más de este autor